Tal dictamen, se sustenta en los hechos acaecidos entre la noche del 15 de enero de 2011 y las primeras horas de la madrugada del día siguiente. En aquella ocasión Ramón Ricardo Martínez, estando ebrio, protagonizó desórdenes de gran magnitud en la vivienda que su ex pareja, Ramona Aquino, posee en el barrio Ciudad de los Milagros de Barranqueras. Los desmanes incluyeron agresiones verbales y físicas, además de haber acometido contra la casa de ella y su vecina con botellas y palos.
Saidman, en la evaluación de los sucesos, señaló como “obvio que el imputado ha desplegado permanentemente una conducta violenta hacia sus parejas. Ambas mujeres (las que sufrieron el citado ataque) fueron conteste en señalar este aspecto de Martínez e individualizaron diversas situaciones, causas y expedientes” en los que está involucrados en hechos similares.
El nivel de violencia ejercido hacia Aquino incluyó, en 1991, un episodio en el cual Martínez la rocío con alcohol y posteriormente la prendió fuego. Como constancia de ello la víctima presentó la fotocopia del informe médico que se labró en aquella oportunidad.
Más adelante en sus fundamentos la jueza aseguró que no podía “perder de vista que en toda oportunidad las denunciantes han dejado claro que su vida de pareja con el imputado siempre se ha desarrollado en un ámbito de violencia psíquica y física”. Y agregó “sobre ambas víctimas y sus hijos existió siempre una situación de violencia crónica, con sentimiento de temor y una adjudicación de poder en torno a la persona del denunciado. Se puede advertir de la lectura de la causa que cronológicamente y metódicamente las víctimas debieron soportar actos violentos por parte de Martínez”.
Finalmente, como el condenado había pasado tres días arrestado en forma preventiva, Saidman dispuso que complete los 37 restantes en forma efectiva.
Fuente: DIARIO CHACO
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