Este
martes por la tarde el gobernador Arturo Colombi firmó el Decreto Nº
478 por el cual dejó sin efecto el Nº 404 en el que el Ejecutivo
buscaba unificar las elecciones provinciales, con las nacionales para
el próximo 28 de junio.
La
medida dada a conocer este martes por la tarde consta de tres
artículos; “derogase el Decreto Nº 404 de fecha 27 de marzo de 2009
dejando sin efecto la convocatoria a elecciones efectuada para el día
28 de junio del corriente año, para la renovación de los cargos
Ejecutivos y Legislativos, difiriendo la nueva convocatoria para la
oportunidad prevista por el artículo 156 de la Constitución Provincial.
En el artículo segundo la medida informa sobre la remisión del Decreto a la Legislatura Provincial.
Con
la firma de Arturo y el ministro Secretario General de la gobernación,
Carlos Fagúndez, la medida fue dada a conocer a los medios por la
Dirección de Información Pública en la tarde de hoy.
Los
considerandos en su primer párrafo explican que el Decreto Nº 404
rubricado por el titular del Ejecutivo a fines de marzo pasado que
unificaba la elección de autoridades provinciales con las nacionales,
“fue dispuesto en el ejercicio de las facultades que emanan del
artículo 162º inciso 17) de la Constitución Provincial con el objeto de
preservar la paz social y evitar dispendio económico y costos
institucionales que implicara la multiplicidad de procesos electorales
en un solo año”.
Remarca
que la determinación en su momento tomada y fundamentada en los
argumentos anteriores por el gobernador de la provincia, “se adoptó en
teniendo en consideración las especiales circunstancias que fundaran la
decisión del Congreso Nacional de suspender, por esta vez, las fechas
electorales que surgen de la Ley Electoral Nacional, lo cual sumado a
la grave crisis financiera internacional con repercusiones en la
economía nacional, crea una situación particular y excepcional que
debía ser contemplada”.
“Que
se meritó en oportunidad del dictado de dicha convocatoria que podían
existir argumentos jurídicos para controvertir la medida adoptada en el
marco de excepcionalidad que fundara el mismo y la eventual existencia
de planteos judiciales que cuestionaran la fecha fijada, tal como
efectivamente sucedió”, remarca el decreto dado a conocer esta tarde.
En
ese sentido apunta a la “existencia de una medida cautelar decretada
por el Juzgado Electoral y la ratificación de la competencia de dicho
juzgado realizada por el Superior Tribunal de Justicia en fecha 16 de
abril de 2009, se advierte ya que el desarrollo del proceso electoral
en trámite ha ingresado en un cono de incertidumbre y dudas que afecta
de la necesaria previsibilidad que debe guiar el mismo, pues la
disposición que pueda adoptar el juzgado de primer instancia debería
ser todavía revisada por el Superior Tribunal de Justicia, siendo
materialmente imposible que pueda concretarse el proceso de validación
legal de la decisión de convocatoria anticipada con la antelación
suficiente para asegurar el limpio y claro juego de las instituciones
democráticas”.
El
último párrafo de los considerandos afirma “el deber de Este Poder del
Estado asegurar la previsibilidad y transparencia del proceso
electoral, corresponde dejar sin efecto la convocatoria a elecciones
para la fecha señalada derogando el decreto citado, por constituir un
imperativo institucional la unificación del proceso electoral para la
totalidad de los cargos provinciales, por lo cual resulta conveniente
diferir de modo integro la convocatoria a elecciones para la
oportunidad prevista por la constitución para los cargos electivos”. |