El
documento solicitado por el máximo órgano judicial es el expediente
iniciado en el Instituto Correntino del Agua y de Ambiente el 14 de
noviembre de 2008 en el que consta la actualización del Estudio de
Impacto Ambiental (EsIA) del terraplén no autorizado presentado por
Haciendas San Eugenio S.A. (ex Forestal Andina) cuando estaba expedida
la sentencia judicial de demolición.
El
EsIA corresponde a una presentación realizada por los representantes
legales de Haciendas San Eugenio (ex Forestal Andina) actualizando el
documento original que consta en el expediente iniciado en el ICAA el
17 de enero de 2006 solicitando “la Evaluación de Impacto Ambiental que
determine la factibilidad de la destrucción del camino “.
Así
también el expediente presenta -entre otros documentos- los informes
correspondientes a la audiencia de conciliación realizada en diciembre
de 2008 que tuviera lugar en el Juzgado Civil y Comercial N 6 en la que
se estableció la operativa que lleve al cumplimento de la sentencia
judicial y la obligatoriedad por parte de la empresa de presentar el
Plan de Trabajo con el proyecto técnico, acciones a desarrollar,
equipamiento, cronograma y el Plan de Gestión Ambiental para la etapa
de destrucción.
El
Plan de Trabajo de demolición del camino fue presentado al ICAA por el
representante legal de Hacienda San Eugenio el 5 de enero de este año,
que -según la opinión de los técnicos del organismo provincial- era
insuficiente, así como el Plan de Gestión Ambiental, por lo que se
requirió ampliatoria de los mismos.
La
empresa -previa solicitud de prórroga- presentó el Estudio de Impacto
Ambiental de demolición de camino de acceso a paraje Yahaveré, tras lo
cual el ICAA informó al Juzgado Civil y Comercial Nº 12 la aprobación
del mismo el 24 de febrero pasado y solicita la resolución de restituir
a la demanda la obligación originaria de destruir el terraplén así como
la fecha para iniciar los trabajos de destrucción.
Demolición suspendida
La
causa judicial caratulada: “Leiva Bruno C/ Forestal Andina S.A.”
referida a la construcción de un terraplén en el Paraje Yahaveré,
Departamento de Concepción, fue elevada a la Corte Suprema de Justicia
de la Nación el 7 de abril de 2009.
Dicho
órgano judicial además de solicitar la elevación de la mencionada
causa, ordenó suspender el proceso y los efectos de la sentencia, por
lo cual, quedaron en suspenso las actuaciones dispuestas por la
justicia correntina, en este sentido, o sea la demolición del terraplén
construido.
Es
conveniente recordar que en la última audiencia conciliatoria realizada
el 1 de abril de 2009 se había fijado fecha para la realización de una
inspección de todas las partes al sitio donde se encuentra ubicado el
terraplén a los fines de determinar la longitud del mismo y completar
la Evaluación de Impacto Ambiental a los efectos de cumplimentar con la
ejecución definitiva de la sentencia por parte de la firma demandada. |