En nombre y representación del Sindicato de Trabajadores Viales Provinciales de Corrientes, Personería Gremial Nº 1.266, adherida a la F.A.T. VIAL, se dirige a la Sra. Subsecretaria a los fines que consigna más abajo:
I - Que en primer lugar, denuncia domicilio real a los efectos
de ésta presentación en la calle Eduardo Madero Nº 375 de esta Ciudad, el que también se constituye al objeto de éste escrito.-
II- Que con fecha 22/12/2009, fue homologado mediante Resolución del M.T.E.S.S Nº 1828/2009 el convenio colectivo de trabajo Nº 572/09 y publicado en el boletín oficial el día 09/03/10.-
III- Que con fecha 10/05/10 en el marco de la audiencia convocada por esa Subsecretaría LA PATRONAL GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE CORRIENTES, se comprometió a conformar una mesa para la aplicación del convenio colectivo de trabajo y la constitución de la comisión paritaria provincial además de acordarse un nuevo básico salarial para el personal de la D.P.V. (Expediente 524-04-05-1414/10).-
IV - Que con fecha 18/08/10 el Gobernador de la Provincia firma el Decreto Nº 2521 que en sus considerando dice que se ha firmado un acta acuerdo entre la D.P.V. y el S.T.V. de Corrientes , es decir eleva el acta acuerdo a un reconocimiento a través del Decreto por parte del Gobernador.-
V- Que en múltiples ocasiones por la vía administrativa (expediente Nº 140-2334/10; 820-2360/10 se insistió en la búsqueda del diálogo para cumplimentar el acta acuerdo.-
VI - Que el Gobierno de la Provincia no solo desconoce la aplicación del convenio colectivo de trabajo, no conforma la comisión paritaria provincial, viola groseramente el sistema de liquidación de sueldo (decretos Nºs 2855/10; 168/11 y 942/11) sino que también de una manera inaudita y discriminatoria realizando una interpretación tergiversada a la letra y el espíritu del Decreto no aplicó el artículo 1º del Decreto 2855/10.-
VII – Que con fecha 29/11/10 se incrementó el viático en un 50 % (Resolución Nº 719/I) negándose a la fecha incrementar el desarraigo en el mismo importe (Resolución Nº 0116/I/99 y Resolución de la comisión paritaria provincial Nº 02/2000), por todo ello es que en la inteligencia y con el inquebrantable precepto de la defensa de los intereses de todos lo trabajadores viales de la provincia; y del objeto liminar y rector de todas las organizaciones gremiales que es la defensa de los derechos individuales y colectivos de sus representados (conforme art. 1, 2, 3, 4, 5 y 6 y cc de la Ley 23551 convenio 87, 98 y 154 de la O.I.T.) ESTA ORGANIZACIÓN GREMIAL SE DECLARA EN ESTADO DE ALERTA MAXIMA EN TODA LA PROVINCIA CONVOCANDO A ASAMBLEAS EN TODOS LOS LUGARES DE TRABAJOS COMO ASÍ TAMBIÉN TODA OTRA ACCION GREMIAL QUE AMERITE EL ACONTECIMIENTOS DE LOS HECHOS A APRTIR DEL DÍA LUNES 29/08/11.-
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